Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global.

BOE-A-2023-4512
Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global.

Artículo 1. Objeto, definición y ámbito de aplicación.
1. Esta ley tiene como objeto la regulación del régimen jurídico de la política española de cooperación para el desarrollo sostenible y la solidaridad global.
2. A los efectos de esta ley se entiende por política de cooperación para el desarrollo sostenible aquella que define los principios, objetivos, prioridades, instrumentos y recursos que España despliega, como política pública, a través de su acción exterior para contribuir, de manera coherente y en todas sus dimensiones, a las metas globales de desarrollo sostenible establecidas por las Naciones Unidas, en la actualidad la Agenda 2030, la Agenda de Financiación del Desarrollo Sostenible, la Alianza Global para la Cooperación Eficaz al Desarrollo, el Acuerdo de París en el ámbito climático, la Unión Europea y otras instancias multilaterales, y la estrategia española de desarrollo sostenible en su dimensión exterior.
3. Esta política se despliega a través del sistema español de cooperación para el desarrollo sostenible, que comprende, en cuanto a sus actuaciones en los ámbitos mencionados, al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación –de manera directa y en coordinación con el conjunto de la Administración General del Estado y el sector público estatal y otras entidades de las que es partícipe–; a las comunidades autónomas y los entes locales; así como a los marcos de gobernanza y formas de colaboración entre dichas Administraciones en el marco de sus respectivas competencias, y con otros actores públicos, privados y de la economía social, incluyendo las organizaciones de la sociedad civil.

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