La declaración del estado de alarma con motivo de la crisis sanitaria originada por la pandemia de la COVID-19 por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo (BOE de 14 de marzo) ha exigido de la Universidad de Murcia la adopción de diferentes medidas directamente encaminadas a su cumplimiento. Dichas medidas han sido de dos tipos: por una parte, de naturaleza académica, decidiéndose el cese de toda actividad académica presencial en cumplimiento de las “medidas de contención en el ámbito educativo y de la formación” establecidas en el art. 9 del citado real decreto. Y, por otra, de carácter laboral, consistentes en: a) la ampliación de la suspensión de actividades presenciales también a las no académicas, b) el cierre de los edificios hasta nueva orden, c) la posibilidad de autorizar al personal (PDI y PAS) para el acceso voluntario a los edificios con el exclusivo fin de realizar tareas imprescindibles relacionadas con la docencia, la investigación, la gestión o la administración, y d) la habilitación a la Gerencia para la adopción de las medidas necesarias para garantizar los servicios de mantenimiento y de aseguramiento de personas, animales y bienes. Sigue leyendo Resolución del rector de 13 de abril sobre los efectos de la prórroga del estado de alarma